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¿Puedo acelerar mi proceso de exención?

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Para obtener una tarjeta verde mediante el ajuste de estatus o la tramitación consular, un inmigrante debe ser clasificado como «admisible» por las leyes de inmigración de Estados Unidos. El gobierno no sólo puede denegar una solicitud de residencia legal permanente, sino que también puede denegar la entrada a cualquier persona que pretenda entrar en EE.UU. si entra en la lista de motivos que la caracterizan como inadmisible. Ejemplos de estos motivos son los que suponen un riesgo para la seguridad, la salud u otros riesgos relacionados para la población o el gobierno de EEUU.

¿Puedo hacer algo si creo que el gobierno puede calificarme de inadmisible en EE.UU.? Afortunadamente, sí puedes. Existe un proceso formal para que las personas demuestren al gobierno estadounidense que aún pueden cumplir los requisitos de la ley de inmigración. Es lo que se denomina «proceso de exención» y puede dividirse en dos opciones: la Exención por dificultades 601 y la Exención provisional 601A.

Ambas exenciones se utilizan para corregir problemas en el historial de un solicitante, de modo que pueda salir de EE.UU. para asistir a su entrevista en su país de nacimiento y regresar con una tarjeta verde. La principal diferencia entre ambas es la ubicación del solicitante en el momento de solicitar la dispensa y el nivel de dificultad al que se enfrentará al presentar sus argumentos para la dispensa.

Las normas son un poco menos estrictas para los solicitantes que deseen acogerse a la exención por dificultades excepcionales, ya que estas personas deben permanecer fuera de EE.UU. durante el proceso de resolución de su solicitud, que puede durar más de un año. La exención provisional es específica para los solicitantes que viven actualmente en EE.UU. y que quieren una decisión antes de salir para su entrevista. La contrapartida de la seguridad de saber que el solicitante está seguro de salir y tiene garantizada la posibilidad de regresar al país es el mayor reto de conseguir que se apruebe la solicitud. En otras palabras, es más difícil conseguir la aprobación de una exención provisional.

¿Cómo funcionan las exenciones? Para la exención por dificultades económicas, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU.(USCIS) reevalúa las circunstancias que rodearon los actos que hicieron inadmisible al solicitante y las sopesa con las dificultades económicas creadas para sus familiares estadounidenses debido a una ausencia prolongada de la familia.

El proceso para la dispensa provisional es ligeramente distinto. Con esta dispensa, las personas indocumentadas deben demostrar que el tiempo y la distancia que les separa de su cónyuge, hijo o padre ciudadano estadounidense o residente legal les crearía una dificultad extrema si se vieran obligados a separarse en caso de que se denegara la dispensa. Para la mayoría de las personas, el periodo potencial de separación es de un mínimo de 10 años. La dispensa provisional también es diferente de la dispensa por dificultades extremas, ya que el inmigrante solicitante obtiene una decisión antes de tener que salir de EE.UU. y se arriesga a recibir una prohibición de 10 años.

La mayoría de las personas que esperan decisiones sobre exenciones esperan una media de 1,5 años y, a veces, mucho más. Dado que hoy en día la mayoría de los procesos de inmigración llevan tiempos históricamente largos, los clientes suelen preguntar si hay alguna forma de acelerar su proceso de exención para poder seguir adelante con sus vidas antes. La respuesta es tanto sí como no.

Para el proceso de exención por dificultades excepcionales, el gobierno permite solicitudes de revisión acelerada, ya que esos solicitantes experimentan una carga mayor que otros inmigrantes al tener que permanecer fuera de EE.UU. hasta que se tome una decisión. Las solicitudes, sin embargo, no son automáticas y requieren que el gobierno revise y evalúe las necesidades que subyacen a la solicitud acelerada. En otras palabras, el gobierno tendrá que determinar si tienes una dificultad única más allá de la dificultad general que ya se solicita en la dispensa. Así pues, esto equivale a una dificultad única y urgente que no experimentaban previamente el solicitante o su familia estadounidense cuando presentaron la solicitud.

Este derecho no existe de la misma manera para la dispensa provisional, ya que esas solicitudes las hacen personas que ya tienen permiso para permanecer en EE.UU. Básicamente, el gobierno considera que la dispensa provisional ya concede un beneficio importante a los solicitantes y, como tal, es muy raro que agilicen la revisión de este tipo de dispensa. Dado que siempre hay circunstancias excepcionales, siempre es recomendable que hables con un abogado de inmigración antes de renunciar a un intento de solicitud de este tipo.

Si tienes preguntas sobre la presentación de una solicitud de dispensa por dificultades excepcionales o provisional o una solicitud acelerada de una dispensa que ya está siendo revisada, ponte en contacto con nuestra oficina para programar una consulta en (616) 877-9812 o utilizando el siguiente enlace para programar una cita en línea: https://marvinlawoffice.com/schedule-a-consultation/.